VeriFactu se aplaza a octubre de 2028
Tercer cambio de calendario. Esta vez el motivo es bueno: coincidirá con la factura electrónica obligatoria.
En agosto te contamos que las fechas reales de VeriFactu eran de 2027. Ya no. El 5 de octubre el Ministerio de Hacienda anunció que aplaza las obligaciones pendientes del Real Decreto 1007/2023 hasta octubre de 2028, para hacerlas coincidir con la factura electrónica obligatoria de pymes y autónomos. Es un anuncio, no todavía una norma: hasta que se publique en el BOE, las fechas que obligan siguen siendo el 1 de enero y el 1 de julio de 2027.
Qué ha dicho Hacienda exactamente
La nota informativa del Ministerio habla de «favorecer la máxima convergencia posible» entre los dos sistemas, el de factura electrónica y el de sistemas informáticos de facturación (VeriFactu), tanto en lo normativo como en lo técnico. Por eso alinea los calendarios y aplaza las obligaciones pendientes de VeriFactu hasta octubre de 2028, la fecha en que la factura electrónica será obligatoria para empresarios y profesionales que facturan hasta 8 millones de euros. Y añade algo importante: las exigencias de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros se mantendrán «en términos sustancialmente equivalentes» a los actuales. Lo que cambia es el cuándo, no el qué.
De dónde sale la fecha de octubre de 2028
Ese mismo 5 de octubre el BOE publicó la Orden HAC/1028/2026, que regula la solución pública de facturación electrónica y entró en vigor al día siguiente. Con ella arranca el reloj del Real Decreto 238/2026: doce meses para quien facturó más de 8 millones de euros el año anterior, es decir, octubre de 2027, y veinticuatro meses para el resto, octubre de 2028. Hacienda ha decidido que VeriFactu llegue en esa segunda fecha, en lugar de obligar a cambiar el programa de facturación en 2027 y volver a tocarlo en 2028.
Lo que no cambia
Tres cosas. La primera, que el aplazamiento no está en el BOE: es una previsión del Ministerio, y hasta que se apruebe la norma que sustituya los plazos, el calendario legal sigue siendo el de 2027. La segunda, que la obligación de los fabricantes de software de ofrecer programas adaptados venció el 29 de julio de 2025 y no se toca: tu proveedor ya debería tenerlo listo. La tercera, que la factura electrónica entre empresas es otra obligación distinta, con su propio reglamento, y para quien factura más de 8 millones llega en octubre de 2027, con o sin VeriFactu.
Nuestra recomendación
Dos años más no son una razón para parar. Son una razón para hacerlo bien y de una vez: elegir un programa que cubra las dos obligaciones a la vez, registro VeriFactu y factura electrónica, migrar con calma y aprovechar para ordenar series, accesos y el flujo de cobro. Quien ya tiene el programa adaptado no ha perdido nada: puede seguir usando la modalidad VeriFactu de forma voluntaria y llegará a 2028 con el trabajo hecho. En AvalonBiz lo miramos junto al resto de la gestión, facturación, cobros y contabilidad, porque cambiar de herramienta sigue siendo la mejor ocasión para dejar de arrastrar procesos que nadie revisa. Si quieres que lo planifiquemos contigo, dínoslo.
Fuentes: nota informativa del Ministerio de Hacienda de 5 de octubre de 2026, Orden HAC/1028/2026 (BOE de 5 de octubre), Real Decreto 238/2026 y la información oficial de la Agencia Tributaria sobre VeriFactu. Nuestra noticia anterior: VeriFactu no es este año: las fechas reales son de 2027. La ilustración es una creación propia de AvalonBiz.
¿Un solo cambio de programa para VeriFactu y factura electrónica?
Lo planificamos contigo, con calma y sin tocarlo dos veces.
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